Como es conocido en mayo de 2006, la Comisión Europea recibió varias denuncias contra el «sistema español de arrendamiento fiscal» («SEAF»), que procedían principalmente del sector de la construcción naval de otros Estados miembros.
Así en una Decisión de 17 julio de 2013, la Comisión estimó que ciertas medidas fiscales incluidas en el SEAF constituían una ayuda estatal ilegal y eran parcialmente incompatibles con el mercado interior. La Comisión ordenó que se recuperara la ayuda únicamente de los inversores que se hubieran beneficiado de las ventajas de que se trata.
España, junto con las sociedades Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión solicitaron al Tribunal General de la Unión Europea que anulase esta Decisión de la Comisión.
En la Sentencia dictada por el Tribunal General de fecha 17/12/2015 se anula la Decisión de la Comisión. El Tribunal General considera:
De esta forma el Tribunal General de la Unión Europea en la citda sentencia ha anulado la Decisión de la Comisión que consideraba una ayuda estatal ilegal (“ventaja selectiva”) al sistema español de arrendamiento fiscal (“Tax Lease”).
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